Al momento del lanzamiento de una variedad del Sistema de Regalía Extendida, el obtentor hace públicas las condiciones de comercialización y uso de la misma, a través de ofertas publicadas. Estas mismas condiciones se repiten en los marbetes, folletos, facturas, remitos, bolsas de semillas y reuniones a campo.
A partir del momento en que el productor adquiere las variedades incluidas dentro de este sistema, está adhiriendo a un contrato que define las condiciones de explotación de las mismas.
Este contrato se renueva con cada nueva multiplicación y uso de estas variedades bajo protección legal para propia siembra, cualquiera sea su origen. El pago se realiza solamente sobre la base de la semilla efectivamente sembrada.