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  REGALIA EXTENDIDA: Preguntas Frecuentes
  • Preguntas Frecuentes

¿Cuál es el objetivo del pago de la Regalía Extendida?


El recupero de la inversión realizada en investigación y desarrollo genético, con un menor valor y una base más justa de cobro. Esta se cobra sólo por la semilla de uso propio efectivamente sembrada por el productor.

¿En qué momento se debe notificar a la empresa obtentora y/o C&M sobre la cantidad de semilla guardada y efectivamente sembrada de las variedades bajo este sistema?

Al finalizar la cosecha, el productor deberá informar mediante una declaración jurada emitida por C&M, los kilos obtenidos y guardados de la variedad. También la ubicación donde estará almacenada la misma.

A la siembra, el productor deberá entregar y firmar la declaración jurada con el detalle de los kilos efectivamente sembrados. La facturación se hace con la información de la semilla sembrada por el mismo como “uso propio”

¿Cuáles son los datos solicitados al momento de completar la declaración jurada?

Nombre o Razón Social del usuario de la semilla, CUIT, datos personales. Ubicación del establecimiento, Kilos de la semilla cosechada y reservada de cada variedad. Kilos de semilla sembrada de cada variedad. Lotes y has. sembradas de cada variedad.

¿Tiene alguna consecuencia el incumplimiento de la Regalía Extendida?

Si, el incumplimiento en las obligaciones contractuales asumidas hará pasible sanciones comerciales y/o civiles correspondientes establecidas en cada oferta publicada.

¿Son las regalías extendidas similares a las retenciones que aplica el Estado sobre la producción agrícola?¿Cómo distinguir unas de otras?

Las Regalías no son retenciones, ni gravámenes, ni impuestos. Es una contraprestación por aporte tecnológico incorporado en cada variedad que se comercializa bajo este sistema. Lo que abona el productor vuelve en nuevas y efectivas variedades y se paga sólo en caso de siembra efectiva.

¿Hay que informar cuando se envía lo producido a consumo?

Si no se usara la semilla reservada, el productor debe informar de igual modo al semillero, ya que una de las causales de finalización del contrato es el envío de la semilla a consumo.

¿Puede el productor vender, canjear o entregar semilla reservada de uso propio que haya pagado la Regalía Extendida?

El productor solamente puede utilizar la semilla que ha reservado para su propia siembra. Toda semilla reservada para “Uso Propio” sólo puede ser utilizada por el productor en su propio establecimiento. Si se tratara de una variedad que se encuentra bajo el Sistema de Regalía Extendida, deberá abonar la regalía correspondiente al obtentor, tal como lo indica la situación contractual.

 
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